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¿En qué consiste la jornada de trabajo a la carta?

En las últimas semanas hemos visto cómo han surgido conflictos derivados de la conocida como “jornada de trabajo a la carta”. Se trata de una de las medidas consideradas “estrella” dentro de la reforma laboral y que, como era de esperar, ha generado tráfico de asuntos a los tribunales.

Los trabajadores, a través de esta medida, buscan adaptar su jornada laboral de tal manera que les permita conciliar vida laboral y familiar.

En las últimas sentencias hemos visto cómo los jueces han ido perfilando los limites de los derechos de los trabajadores asalariados que quieran solicitar una adaptación de su jornada de trabajo.

Este nuevo derecho es de gran amplitud y al mismo tiempo carece de concreción. El mismo permite a lo trabajadores negociar con la empresa la adaptación de la duración y distribución de la jornada, el orden del tiempo de trabajo y la forma en la que prestar dicho trabajo, incluyendo el teletrabajo. La empresa abrirá un periodo de negociación durante un máximo de 30 dias.

¿Qué ocurre si no se llega a un acuerdo con la empresa? ¿Está obligada la empresa a concederme la adaptación de la jornada de trabajo?

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho enviando un email a administración@proinda.es o bien llamando al 91.220.6716

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