El portal dentalista.es ha publicado un artículo de Proinda bajo el título “El necesario registro de los profesionales sanitarios en el registro estatal de profesionales sanitarios (REPS)”
Según el artículo 6 de el RD 640/2014 los Centros Sanitarios Privados deben de enviar toda la información relativa a sus profesionales sanitarios al REGCESS (Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios) y cuentan con tiempo hasta el 23 de septiembre de 2018.
Deberán registrarse con carácter obligatorio los profesionales que ejerzan su actividad en España. Para comunicar los datos e información necesarias existen dos procedimientos, el primero, a través del portal web de REPS y el segundo por medio de mensajería electrónica.
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