La presencia de profesionales sanitarios en las clínicas es un aspecto crucial para garantizar la atención médica de calidad y la seguridad de los pacientes, así como la administración adecuada de tratamientos, permitiendo la detección temprana de cualquier cambio en la condición del paciente, lo que facilita la toma de decisiones médicas oportuna, teniendo un impacto significativo en la prevención de errores médicos.
PRESENCIA DE PROFESIONALES SANITARIOS EN LAS CLÍNICAS
Por todo ello, la obligación de disponer de profesionales de la salud presentes en estas instalaciones durante el tiempo de apertura, no solo es un requisito legal contemplado en el Artículo 6.4 de la Orden 1158/2018, de 7 de noviembre, por la que se regulan los requisitos generales y específicos de los centros y servicios sanitarios sin internamiento y de los servicios sanitarios integrados en organización no sanitaria en la Comunidad de Madrid, sino que, también, desempeña un papel fundamental en la mejora de la atención y la prevención de posibles complicaciones.
Si bien es cierto que hasta ahora esto no parecía ser un problema en las inspecciones sanitarias, (en parte debido al funcionamiento de los centros sanitarios, dónde es habitual que los pacientes acudan siempre con cita previa), en los últimos meses hemos detectado cada vez más casos en los que se exige que el cumplimiento de esta norma sea estrictamente tal y como indica la ley, llegando a sancionar a los centros que la incumplen.
Lamentablemente, se considera una infracción grave, pudiendo ser sancionadas con una multa de entre 3.005,07€ y 15.025,30€ (en aplicación del artículo 145.2.b de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre).
Desde el punto de vista legal y ético, la obligación de presencia de profesionales sanitarios en las clínicas refleja el compromiso con la seguridad y el bienestar de los pacientes. Cumplir con este requisito no solo es una obligación legal, sino también un componente esencial de la responsabilidad profesional y ética de los proveedores de atención médica.
En conclusión, la obligación de presencia de profesionales sanitarios no solo salvaguarda la salud de los pacientes, sino que también fortalece la integridad y la eficacia de los servicios de atención médica.