
Ampliación del permiso de paternidad
El permiso de paternidad se ha ampliado a 5 semanas, teniendo como fecha de efecto el pasado 5 de julio, fecha tras la cual el trabajador trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante 5 semanas. Dicho periodo será ininterrumpido salvo la última semana que, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, podrá disfrutarse en otro momento, dentro de un plazo no superior a los nueve meses posteriores a la fecha del nacimiento.
Incentivo al empleo autónomo en algunos municipios
Con fecha 5 de julio de 2018, los trabajadores autónomos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, que residan y desarrollen su actividad en un municipio en cuyo padrón actualizado consten menos de 5000 habitantes, tendrán derecho a disfrutar de la tarifa plana de 50€ durante 24 meses.
Para que la situación pueda darse, el trabajador autónomo tendrá que estar empadronado en un municipio de menos de menos de 5000 habitantes en el momento del alta, estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios correspondiendo el lugar de la actividad a un municipio cuyo padrón sea inferior a 5000 habitantes y mantener el alta en la actividad autónoma en el municipio durante los dos años siguientes, así como permanecer empadronado en el mismo municipio en los 4 años siguientes.
Incremento de las bases de cotización mínimas y máximas
Tanto en régimen general como en régimen especial, a partir del 1 de agosto de 2018, se producirá un incremento de las bases mínimas y máximas de cotización. La base máxima de cotización será de 3803,70€ mensuales y la base mínima de 932,70€, lo cual lleva consigo el correspondiente incremento en la cuota.
Bases y tipos de cotización en el sistema especial de empleados del hogar
Durante el periodo 2014-2023, las retribuciones mensuales y las bases de cotización de la escala se actualizarán en la misma proporción en la que se produzca el incremento del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) durante ese periodo de tiempo.
Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro Dpto. laboral enviando un email a administracion@proinda.es o bien llamándonos al 91.220.67.16
Pilar de Dios López
Socia del Despacho
Categories: Jurídico, Laboral