
Desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley que obliga a las empresas a registrar el inicio y final de la jornada laboral de sus trabajadores el pasado 12 de mayo, las empresas han tenido que recurrir a diferentes sistemas y herramientas para cumplir con la normativa.
Sin embargo, el decreto no es demasiado específico por lo cual los directivos continúan a la deriva, en especial en terrenos un poco más complejos como lo es la videovigilancia y geolocalización. Estos sistemas podrían resultar más sencillos de controlar en ciertas organizaciones, sin embargo, existen algunos parámetros importantes para tener en cuenta.
Cualquier sistema de monitoreo que se implemente debe tener una necesidad legitimada con base jurídica y cumplir con los principios de proporcionalidad e idoneidad.
La geolocalización es una herramienta cada vez más popular, que ha ido expandiendo sus propósitos en diferentes industrias, y que puede ser fácilmente incluido en herramientas corporativas como el móvil, o el coche de la empresa.
Por su parte, la videovigilancia que suele ser usada con propósitos de seguridad, si se va a usar para llevar el registro horario debe ser explícitamente informado a los empleados.
Si se implementa cualquiera de estos métodos la empresa está obligada a informar claramente a sus empleados del propósito de la instalación de estas herramientas.
Antes de tomar la decisión es importante contrastar todos los aspectos que influyen, desde los temas técnicos y legales, hasta temas como el clima laboral y el bienestar de los empleados. Esta ley afecta directamente la relación de confianza que existe entre la empresa y el empleado, es por esto, que el sistema que se elija debe resultar cómodo y fiable para ambas partes.
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