Desde abril de 2023, ya no es obligatorio que los trabajadores entreguen el parte de baja médica, ni los sucesivos partes de confirmación, a su empleador. Esta normativa ha sido reemplazada por la remisión telemática de la documentación desde los Servicios de Salud o Mutuas a las empresas. Sin embargo, este cambio ha generado algunos problemas iniciales, ya que en muchos casos, la información no llegaba a tiempo y las empresas se encontraban ante la ausencia de un trabajador sin conocer la causa.
Funcionamiento actual de la remisión telemática
Un año después de la implementación de esta normativa, se ha observado una mejora en la eficacia de los Servicios de Salud y Mutuas en el envío de la documentación a las empresas. Sin embargo, lo que realmente ha resultado determinante ha sido la interpretación de los tribunales ante los conflictos que surgieron por la aplicación de la nueva normativa.
Obligación de comunicar baja laboral: Una diferenciación clave
Los tribunales han establecido una distinción importante entre la obligación de “entregar” o hacer llegar el parte de baja médica y la obligación de comunicar la causa de la ausencia. Aunque ya no sea necesario entregar físicamente los documentos, el trabajador sigue estando obligado a informar a la empresa sobre el motivo de su ausencia. Esta comunicación es esencial para mantener la buena fe en la relación contractual, y su incumplimiento puede dar lugar a sanciones disciplinarias.
Incluir la obligación en el contrato de trabajo
Para evitar malentendidos o problemas futuros, es recomendable que las empresas incluyan en sus contratos de trabajo una cláusula que establezca claramente la obligación del trabajador de informar sobre su ausencia. Esta medida no solo refuerza la buena fe en la relación laboral, sino que también es una práctica de sentido común para prevenir conflictos.