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OBLIGACIÓN DE SOLICITAR AUTORIZACIÓN EN SANIDAD PARA SEDACIÓN, PRP, IMPLANTE DE TEJIDOS

Actualmente, nos encontramos con muchas clínicas dentales en funcionamiento, que no conocen la obligación de solicitar autorización o comunicar a Sanidad algunas ofertas asistenciales, ya que consideran que se incluye en su actividad odontológica.

Autorización de sanidad

A continuación, vamos a explicar que hacer, especialmente en procedimientos que implican sedación, terapia con plasma rico en plaquetas (PRP) y el implante de tejidos.

La sedación es un proceso médico que implica la administración de medicamentos para inducir un estado de relajación, somnolencia o pérdida de conciencia controlada. Debido a los riesgos asociados con la sedación, es esencial que los profesionales médicos que realizan estos procedimientos estén debidamente capacitados y autorizados.

Se puede solicitar sedación adaptando la propia clínica e incluyendo un anestesista en plantilla, o, subcontratando con alguna de las empresas que ya están autorizadas en Sanidad.

Pero en ambos casos, es necesario presentar una solicitud de ampliación de la oferta asistencial junto al pago de su tasa.

Para los implantes de tejido humano, la autorización para llevar a cabo este tipo de procedimientos generalmente implica una evaluación exhaustiva del paciente, la selección adecuada del tejido a implantar y la planificación cuidadosa del procedimiento quirúrgico.

En este caso son dos gestiones, por un lado se solicita la ampliación de la oferta asistencial y por otro la autorización-acreditación para implante de tejidos, ambas con sus correspondientes tasas.

En el caso de obtención de PRP por técnica cerrada, es necesario presentar una comunicación detallando todo el procedimiento, incluidos los PNTs (Protocolos Normalizados de Trabajo) personalizados, sistema registro de la documentación, sistema de eliminación de residuos, etc.

Los odontólogos deberán seguir las instrucciones descritas en el sistema comercial que utilicen. El kit empleado para dicho fin tendrá que disponer de marcado CE. La inspección por parte de las autoridades competentes a los centros que utilicen técnica cerrada se realizará en los casos que se estime oportuno.

Nuestra recomendación es que, siempre que se quiera aumentar la cartera de servicios, aún con dedicación exclusiva a la odontología, se consulte previamente si esa ampliación requiere comunicación o autorización previa, para evitar sorpresas que puedan acabar en un expediente sancionador.

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