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Anestesia en clínicas dentales: cumplimiento normativo y seguridad del paciente

Un recordatorio imprescindible tras recientes acontecimientos

Los recientes y trágicos hechos ocurridos en una clínica dental de Valencia, en los que varios menores fueron sometidos a procedimientos con anestesia sin que el centro contara con la correspondiente Unidad U.35 de Anestesia y Reanimación, obligan al sector sanitario a reforzar el cumplimiento normativo y la seguridad del paciente.

Al margen de las investigaciones en curso, estos acontecimientos ponen de manifiesto que la anestesia es una actividad de alto riesgo que exige autorización expresa, medios adecuados y responsabilidad compartida.

Uso de anestesia en clínicas dentales: obligación legal

Toda clínica dental que utilice anestesia general, sedación profunda o sedación consciente administrada por anestesista debe contar con la autorización sanitaria de la Unidad U.35 – Anestesia y Reanimación, concedida por su Consejería de Sanidad.

Esta obligación existe incluso cuando el servicio de anestesia se subcontrata.

Subcontratación del servicio de anestesia: requisito doble

Cuando la clínica opta por subcontratar el servicio de anestesia, es imprescindible que:

La clínica dental

  • Tenga autorizada en su propio centro la Unidad U.35.
  • Disponga de los espacios e infraestructuras exigidos.
  • Integre la actividad anestésica en su autorización sanitaria.

La empresa subcontratada

  • Esté legalmente autorizada como centro sanitario con Unidad U.35.
  • Aporte los médicos anestesistas cualificados.
  • Proporcione el equipamiento necesario, total o parcialmente, según el modelo autorizado.

No es válido que solo una de las partes disponga de la U.35.
Ambas entidades deben estar autorizadas y constar en la documentación presentada ante la Consejería de Sanidad.

Requisitos básicos comunes a nivel nacional (Unidad U.35)

De acuerdo con el Real Decreto 1277/2003, y con independencia del modelo organizativo:

  • Autorización sanitaria expresa de la Unidad U.35
  • Médico especialista en Anestesiología y Reanimación
  • Monitorización continua y equipamiento de reanimación
  • Área de recuperación postanestésica
  • Protocolos clínicos y de emergencia
  • Consentimiento informado específico
  • Evaluación preanestésica y vigilancia postoperatoria

Riesgos de no cumplir

El incumplimiento de estos requisitos puede dar lugar a:

  • Infracciones administrativas muy graves
  • Sanciones económicas elevadas
  • Suspensión o cierre del centro
  • Responsabilidades civiles y penales
  • Graves riesgos para la seguridad del paciente

Mensaje clave

La subcontratación no exime de responsabilidad.
Clínica y empresa de anestesia deben contar con la U.35 autorizada.

Desde PROINDA

Instamos a las clínicas dentales a:

  • Verificar que su autorización sanitaria incluye la U.35
  • Confirmar que las empresas de anestesia con las que trabajan también están autorizadas
  • Regularizar su situación antes de ofrecer tratamientos con anestesia

En PROINDA acompañamos a las clínicas en:

  • Legalización de la Unidad U.35
  • Revisión de contratos de anestesia
  • Adecuación normativa ante la Consejería de Sanidad
  • Asesoramiento técnico y sanitario integral

Más información.

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