Inspección de Trabajo ha difundido recientemente el “Criterio Técnico 103/2020”, documento en el que se especifican las nuevas líneas de actuación que va a adoptar en sus inspecciones a empresas. El objetivo de estas visitas será comprobar si estas empresas han adoptado todas las medidas necesarias para prevenir el contagio por Covid-19 en el entorno laboral.
Como destaca nuestra compañera Pilar de Dios, Socia Directora en Proinda Consultores, en el artículo publicado en el medio ORH (Observatorio de Recursos Humanos), este anuncio, por una parte, garantiza que estas inspecciones seguirán produciéndose en los próximos meses; por otra, se confirma que “estas inspecciones no sólo se van a llevar a cabo con el personal habitual de Inspección de Trabajo (inspectores y subinspectores), sino que también se ha habilitado específicamente para esto a personal de las Comunidades Autónomas, con lo que se refuerzan las personas dedicadas a realizar este tipo de inspecciones que en todo caso serán presenciales”.
Medidas de salud pública por parte del empleador
Entre las medidas de salud pública que debe implementar el empleador en el entorno de trabajo, y que se encuentran detalladas en el artículo 7 del Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, destacan:
- Adoptar medidas de ventilación, limpieza y desinfección;
- Poner a disposición de los trabajadores agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes;
- Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas;
- O adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible, entre otras.
Como señala el propio texto, “el incumplimiento de estas medidas será considerado infracción grave, que se sanciona en su grado mínimo con 2.046 € y en el máximo con 40.985 €”.
En su artículo, nuestra compañera también hace alusión a la necesidad de que todas las medidas implementadas sean documentadas por la empresa, a fin de evitar nuevas sanciones y, entre otras opciones, se pueda establecer “quiénes son las personas responsables de su implantación”.
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